Sentido de la resolución: Declaración de infracción
La excepción a la regla de exigencia del consentimiento para la cesión o comunicación de datos prevista en el artículo 11.2.d) de la LOPD, sólo opera cuando los datos se remiten directamente al órgano judicial que las ha requerido, y no a una tercera persona que las pide con la finalidad -manifestada- aportarlas en el órgano judicial. Se descarta que la comunicación de datos estuviera habilitada por la legislación de transparencia y acceso a la información.