Sentido de la resolución: Amonestación
Se amonesta el Ayuntamiento de Tordera dado que el hecho de publicar las calificaciones finales obtenidas por aspirantes suspendidos en un proceso de selección constituye una infracción consistente en la vulneración del principio de licitud. Así mismo, la difusión en el web municipal de la lista de aspirantes excluidos del proceso de selección durante un tiempo más allá del estrictamente necesario, constituye una infracción del principio de limitación del plazo de conservación. Y, en último término, la difusión de los nombres y apellidos de los aspirantes y las cuatro últimas cifras de su DNI y la letra, supone la vulneración del principio de minimización de datos, dado que la LOPDGDD no prevé que, en la publicación de actos administrativos, se tenga que añadir la letra del DNI.