El derecho a la protección de datos no impediría el acceso de la persona reclamante a la información pública solicitada que contiene únicamente datos agregados. Así mismo, en atención a las circunstancias concurrentes en el caso concreto, resultaría justificado librarle información pseudonimitzada sobre la distribución de los asuntos entre los abogados adscritos al TOAD, con indicación de las incidencias asociadas, así como sobre las facturaciones presentadas por estos abogados, para el periodo comprendido entre 2018 y 2022. Ahora bien, se tendría que omitirse, en todo caso, la información sobre las personas asistidas por los abogados del TOAD que pueda constar.