La normativa de protección de datos no impide el acceso del reclamante a la información relativa a la ejecución del presupuesto y a facturas de los proyectos y publicaciones de un Grupo de Investigación. Sin embargo habría que omitir previamente en el acceso, aquellos datos identificativos (como el NIF o el domicilio de las personas afectadas) así como otros datos personales, que, más allá de la identificación del adjudicatario, o de los investigadores asignados al proyecto y la descripción general del objeto puedan constar y sean innecesarias para alcanzar la finalidad de transparencia perseguida. También permite acceder a información individualizada sobre las retribuciones percibidas por los altos cargos y directivos y el resto de personal que ocupe puestos de confianza, de libre designación, de especial responsabilidad dentro de la organización o que impliquen altos niveles retributivos o cuando se trate de conceptos retributivos no previstos por la normativa vigente. En cambio, para el resto de personal, esta información se puede facilitar de manera agregada por grupos o escalas, y también a través de los conceptos retributivos previstos en la RLT o de manera anonimizada.