La normativa de protección de datos no impide el acceso de la persona reclamante a la información sobre el desglose de las cuantías destinadas a cada grupo y sobre los diferentes conceptos de gasto realizado por los grupos durante el período solicitado, a efectos de controlar la destino de los fondos que reciben. Tampoco impide el acceso a las facturas justificativas de los gastos que contengan datos personales de los concejales y concejalas, así como de terceras personas físicas con las que hayan contratado, aunque debería eliminarse de los documentos justificativos la información que permita analizar o establecer ciertos aspectos relativos en la vida personal de la persona que efectúa el gasto, sus preferencias personales o establecer unas determinadas pautas de conducta, así como determinados datos (como domicilios particulares o núm. DNI), que no resulten pertinentes para conseguir la finalidad de transparencia.