- ÁMBITO SECTORIAL
- Laboral
- Representantes trabajadores
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Representantes trabajadores
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos trabajadores
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- TRANSPARENCIA
- Derecho acceso información
- Derecho acceso información
- Representantes trabajadores
Vista la normativa estudiada (EBEP y legislación de transparencia) no hay suficiente habilitación legal a fin de que el delegado de personal acceda al contenido íntegro de la nómina correspondiente a los meses de junio a septiembre de 2015 del inspector de policía. Teniendo en cuenta que el cesionario es un delegado de personal que aporta indicios de posibles irregularidades repecte un trabajador y un periodo breve en concreto, puede considerarse justificada la comunicación de la información referida a la realización de horas extras (artículo 11 LOPD), como también la comunicación de la memoria del concejal, en aquello referido en la realización y pago de las horas extras por parte del inspector de policía.