El ejercicio de las funciones de control atribuidas a los concejales puede justificar el acceso de un concejal a un expediente disciplinario concluido que haya resuelto al alcalde de la corporación. No obstante, en caso de que el expediente contenga datos especialmente protegidas o relativas a la intimidad, el Ayuntamiento tiene que valorar la posibilidad de dar acceso parcial al expediente, es decir, eliminando la información especialmente protegida o íntima, siempre que eso no impida ejercer la función de control que tienen atribuida todos los concejales.