- ÁMBITO SECTORIAL
- Función pública
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos sensibles
- Datos sensibles
- Infracciones penales administrativas
- Datos trabajadores
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- PRINCIPIOS
- Principio finalidad
- Principio licitud
- Consentimiento
- Principio calidad
La normativa examinada no habilita en el ayuntamiento para comunicar a otra administración local un certificado en que se haga constar que un determinado empleado público no estaba inmerso, en la fecha en que dejó de prestar servicios, en ningún expediente disciplinario ni penal, ni tenía pendiente de resolver por vía judicial ningún procedimiento contencioso administrativo relacionado con expedientes disciplinarios pendientes de ejecución. No obstante, el ayuntamiento que solicita este certificado tarro, en ejercicio de las funciones propias en materia de gestión de personal, solicitar al mismo afectado que acredite las mencionadas circunstancias, por ejemplo, mediante la presentación de una declaración responsable.