La comunicación de los informes d’avaluació de las actividades de un plan de formación, que incluye los datos de valoración de los docentes, en un organismo autónomo para l’exercici de sus funciones, constituye una cesión de datos personales que encuentra habilitación en l’article 11.2.c) de la LOPD. L’accés pero a esta información por parte de los miembros de un órgano colegiado de este organismo autónomo requiere contar con el consentimiento previo de los docentes, dado que su conocimiento no parece ser necesario para l’exercici de sus funciones. La creación d’un entorno virtual privado para compartir esta información de carácter personal, requiere l’adopció de las medidas de seguridad de nivel básico.