Para que el abogado que representa el paciente pueda acceder a datos de la HC de este, es necesario que acredite su identidad y la habilitación ante el centro sanitario, ya sea a través del formulario que el centro pueda articular para resolver estas solicitudes, o bien, si procede, a través de la aportación de poderes notariales otorgados por el paciente. Puede resultar habilitada la comunicación de determinadas datos de salud de un paciente, sin su consentimiento, a los abogados o compañías aseguradoras del Hospital o de los profesionales afectados, cuando esta información sea necesaria para el ejercicio del derecho de defensa o el cumplimiento del contrato de seguro, a raíz de las reclamaciones relacionadas con la prestación sanitaria.