CNS 1/2022
03/03/2022
Vistas las previsiones normativas (art. 6.1.a), art. 9.2.a) RGPD, en conexión con la Disposición adicional 17.ª de la LOPDGDD) el consentimiento explícito de las personas afectadas podría habilitar el tratamiento de datos. El estudio también se puede llevar a cabo con datos pseudonimizados, de acuerdo con la letra d) de la mencionada Disposición adicional 17.ª. En cualquier caso, habrá que cumplir los principios y garantías establecidos en la normativa de protección de datos, de la mencionada disposición adicional 17.ª y, si procede, de la Ley de investigación biomédica. La comunicación de información anonimizada y agregada de los resultados de la operación llevada a cabo por la Fundación al tejido empresarial de la comarca no sería contraria a la normativa de protección de datos.