Sentido de la resolución: Estimatoria
Se estima la reclamación de tutela del derecho de cancelación desde una óptica formal, para no resolver la solicitud en el plazo de 10 días, y, en cuanto al fondo, se ama para tratarse de un dato inadecuado, y en todo caso para no concurrir ninguna causa que permita su denegación. Artículos aplicados: Art. 16 LOPD, 32.2 y 33 RLOPD, 9.bis.2 RDL 339/1990