Sentido de la resolución: Estimatoria
Se ama|estima por razones formales la reclamación en lo referente a la desatención de la solicitud de rectificación de un número de teléfono, ya que el responsable del tratamiento no ha acreditado haber dado respuesta dentro de plazo y haber efectuado la rectificación. Con respecto al derecho de acceso, se ama|estima la reclamación por razones de fondo, ya que si bien la Fundación dio respuesta termine con la información prevista al arte. 15 RGPD, la persona interesada se refería en particular a un documento respecto del cual la Fundación no se ha pronunciado.