Sentido de la resolución: Estimatoria
Se estima la reclamación, dado que el Ayuntamiento no ha dado respuesta a la solicitud de acceso al expediente que presentó la persona reclamando, solicitud que tendría su encaje en el ejercicio del derecho de acceso del arte. 15 RGPD, dado que la solicitud sólo se refiere a datos personales de la persona solicitando (art. 24.3 LTC).