Sentido de la resolución: Estimatoria parcial
La persona aquí reclamante se quejaba que el Ayuntamiento no le había facilitado el nombre de las personas o entidades que habían proporcionado a los servicios sociales un informe emitido por el órgano consultivo de un juzgado (EATAF). En relación con esto, se estima la reclamación en la medida que el artículo 15.1.g) del RGPD determina que forma parte del derecho de acceso "cualquier información disponible sobre su origen", que incluiría, por lo tanto, informar sobre la identidad de la persona que envió el informe (si se conoce esta información). Sin embargo, si el Ayuntamiento considera que puede concurre algún límite al acceso, nada impide dar traslado a las personas o personas qué datos puedan verse afectadas por el acceso, para que hagan las alegaciones oportunas.