Sentido de la resolución: Estimatoria
La solicitud de ejercicio del derecho de acceso se tiene que resolver y notificar en el plazo de un mes, contador a partir de la fecha de entrada en el registro del órgano competente, aunque se hayan cancelado los datos personales a los cuales se pretende acceder. Artículos aplicados: 15LOPD, 29 RLOPD, 13 y 17 Instrucción 1/2009