Sentido de la resolución: Amonestación
La recogida de datos tiene que respetar el principio de lealtad. Para el tratamiento de categorías especiales de datos, es necesario que contribuya alguna de las circunstancias previstas al artículo 9.2 RGPD. En la recogida de datos se tiene que hacer efectivo el derecho de información. Para determinar las medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar la seguridad de los datos, hay que efectuar uno análisis de riesgos. Con carácter previo al tratamiento, hay que realizar una evaluación de impacto relativa a la protección de datos cuando el tratamiento comporte un alto riesgo para los derechos y libertades de las personas afectadas. El delegado de protección de datos tiene que participar de manera adecuada y en el momento oportuno en todas las cuestiones relativas a la protección de datos personales.