Sentido de la resolución: Sanción económica
Título: infracción del principio de confidencialidad por 9 accesos indebidos en la historia clínica.
Resumen: la denunciante se quejaba de 9 accesos indebidos en su historia clínica que no estaban relacionados con ninguna actuación asistencial o de diagnóstico, ya que nunca había sido atendida en el centro ni por la facultativa que había efectuado los accesos controvertidos. La denunciante también se quejaba de que, en el marco de una reunión de una asociación vecinal, la facultativa había difundido algunos datos de salud de la denunciante. Esta supuesta divulgación de datos se archivó en el acuerdo de iniciación, ya que no se acreditaron los hechos. En cuanto a los 9 accesos indebidos acreditados, se sanciona a la entidad por la vulneración del principio de confidencialidad con una multa de 30.000 €, como responsable de una infracción prevista en el artículo 83.5.a en relación con el artículo 5.1 .f, ambos del RGPD. La entidad ha pagado la sanción de forma anticipada (24.000€).