Sentido de la resolución: Declaración de infracción
Infracción por falta de creación de ficheros, dado que la Policía Local del municipio registraba llamadas telefónicas, así como imágenes y ve -mediante un sistema de videovigilancia-, con el consiguiente tratamiento de datos personales, sin la autorización de disposición general publicada en el Boletín Oficial correspondiente. Infracción del principio calidad de los datos, en su vertiente de proporcionalidad, dado que, por una parte, se registraban todas las llamadas sortins de la Policía Local; y, por otra parte, se captaban determinados datos personales (la ve) mediante un sistema de videovigilancia. Infracción del deber de información relacionado, por una parte, con la grabación de llamadas telefónicas; y, por otra parte, con la captación de datos personales mediante un sistema de videovigilancia. Artículos aplicados: 44.3.a), 20, 44.2.c), 5, 44.3.c) y 4 LOPD, 52 RLOPD, 7 Instrucción 1/2009 del APDCAT