Sentido de la resolución: Amonestación
El Ayuntamiento envió un correo electrónico sin copia oculta a todos los participantes no ganadores de un sorteo de entradas, por lo que todas las personas pudieron acceder a la dirección de correo del resto de participantes no seleccionados, vulnerando el principio de confidencialidad (art.5.1.f. RGPD).