Sentido de la resolución: Archivo / sobreseimiento
Aunque el Ayuntamiento negó haber cedido datos personales a uno tercero a fin de que este los utilizara ante los juzgados, de las pruebas aportadas por las personas denunciantes se infiere que este acceso se produjo, si bien al tratarse de un acceso efectuado por personas concejales/se del Ayuntamiento, este estaría legitimado para estar relacionado con las funciones que los concejales/se tienen atribuidas. Con respecto al derecho de información, tampoco procede formular ninguna imputación, en un caso porque se habría extinguido la eventual responsabilidad por prescripción de la infracción, y en el otro porqué no era exigible el deber de información.