Sentido de la resolución: Archivo / sobreseimiento
La persona denunciando se quejaba por el hecho que determinados agentes de la GU le pidieron que se identificara, sin que esta actuación - según la persona denunciando - estuviera habilitada por ninguna norma. Aun así, el informe policial aportado por el Ayuntamiento, subscrito por tres agentes, describe los hechos ocurridos y justifica la identificación para la prevención de un conflicto mayor a la vía pública. Al respeto, procede concluir que el tratamiento fue necesario para el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento (arte. 6.1 e) RGPD) en consonancia con la Ley Orgánica de protección de la seguridad ciudadana, y por tanto procede el archivo de la denuncia. La persona denunciando también se quejaba por el hecho que el Ayuntamiento de Lleida dispone de un registro de activistas sociales. Sin embargo, ante la carencia de indicios suficientes, y dado que la entidad denunciada ha negado estos hechos, se procede a su archivo.