Sentido de la resolución: Archivo / sobreseimiento
Se archiva la parte de la denuncia relativa al tratamiento de las imágenes grabadas por las cámaras de videovigilancia del municipio, porque|para que cuando|cuándo el denunciante presentó las solicitudes del derecho de acceso (art.15 RGPD) y derecho oposición (art.21 RGPD) las cámaras todavía no funcionaban. Tampoco se puede imputar la responsabilidad al Ayuntamiento de la actuación de un agente que tenía archivada documentación en lo referente a terceros en su carpeta digital, ya que sería exigirle un grado de diligencia casi imposible controlar el contenido de todas las carpetas personales de los agentes. Advertencia en el Ayuntamiento (art.58.2.a RGPD) y se le requiere que elimine la documentación indebida, y se propone el inicio de actuaciones disciplinarias (art.77.3 LOPDGDD).