Sentido de la resolución: Archivo / sobreseimiento
La creación y mantenimiento de un fichero por parte de una administración pública en el cual figuren los datos personales de sus trabajadores relativos a los periodes de baja laboral y el tipo de contingencia, así como el tratamiento de estos datos en dicho fichero, sería una actuación conforme a la LOPD vista la existencia de habilitación legal. La cesión de datos en un órgano judicial será legitima en razón del derecho de defensa del artículo 24 de la CE, siempre y cuando la información comunicada tenga relación con la cuestión debatida en el proceso judicial. Artículos aplicados: 7.3 LOPD, 24 CE