La normativa de protección de datos no impide acceder a la información relativa a la convocatoria y bases de los procesos selectivos realizados por el Ayuntamiento, el resto de actos de los procesos sometidos a publicación y, en particular, a los resultados de los procesos convocados. Ahora bien, tomando en consideración las circunstancias que concurren en el caso particular, desde el punto de vista de la finalidad general de transparencia no estaría justificado el acceso a las pruebas realizadas por las personas candidatas en cada uno de los procesos selectivos, ni a los contratos de trabajo formalizados.