En el caso que nos ocupa, resulta adecuado a la normativa de protección de datos personales dar acceso a todo el expediente, siempre que en virtud de la aplicación del principio de minimización de datos, se omitan del acceso datos identificativos (número de DNI o firma dr la persona denunciada), datos de contacto o bien otros datos personales derivados de los escritos presentados por la persona denunciada que no sean relevantes a efectos del control de la actuación municipal.