La normativa de protección de datos no permite el acceso del Ayuntamiento a las Diligencias previas 103/2016, ni a la información contenida al expediente de la renta mínima de inserción y el expediente de pobreza energética en poder del Consejo Comarcal. No obstante, sí que puede resultar proporcionado acceder a la información sobre si el Consejo Comarcal informó a los Servicios Territoriales de Bienestar y el Juzgado de Primera Instancia nº. 2 del rechazo de las viviendas ofrecidas por el Ayuntamiento.