La normativa de protección de datos no es de aplicación a las personas difuntas. Por lo tanto, la publicación de los datos relativos al nombre, edad y fotografía del difunto, junto con el hecho de su muerte, no requiere el consentimiento de la familia, pero este consentimiento es necesario para la publicación del lugar y fecha de la celebración del funeral, dado que se da información sobre un acto que forma parte de la vida familiar que, incluso, podría revelar datos relativos a las creencias, no sólo de la persona difunta, sino también de otros integrantes de la familia o del entorno más próximo de la persona difunta.