- ÁMBITO SECTORIAL
- Procedimiento administrativo
- Expediente administrativo
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- Regidores
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- Regidores
- PRINCIPIOS
- Deber secreto
- Principio calidad
- TRANSPARENCIA
- Derecho acceso información
- Regidores
El acceso a la información sobre los documentos de entrada en el Registro del Ayuntamiento, por parte de concejales municipales, puede quedar amparado por el derecho de los concejales a consultar la documentación de la que dispone el Ayuntamiento y necesaria para el ejercicio de sus funciones, incluyendo los datos de carácter personal contenidos en la información que soliciten, independientemente de su condición de miembros del gobierno o de la oposición. Y ello sin perjuicio del cumplimiento del principio de calidad de los datos, que exige, en la medida de lo posible, hacer una ponderación respecto a los datos personales incluidos en el conjunto de la información solicitada, para que no se comuniquen más datos de los estrictamente necesarios para alcanzar la finalidad legítima de acceso a la información, así como del deber de secreto, según el artículo 10 de la LOPD y la demás normativa aplicable.