La petición por los empleados de correos y otras empresas de mensajería de los datos identificativos del personal del SACO (nombre y apellidos y número de DNI), a los efectos de hacerlas constar en los acuses de recepción de la documentación entregada, sería legítima de acuerdo con la normativa de protección de datos. No será necesario facilitar los datos identificativos mencionados, en el caso de notificaciones de órganos administrativos y judiciales de documentación presentada en el Registro General apta para ser registrada, en qué caso será suficiente hacer constar el sello del Ayuntamiento.