Vista la información que contiene el Registro de colegiados y la información de la guía de colegiados, que es fuente de acceso público, se puede considerar habilitada la comunicación a la Agrupación de los datos relativos a los nuevos colegiados (datos identificativos y de contacto –dirección profesional-, número de colegiación y la fecha de incorporación en el Colegio), sin consentimiento de los afectados. Como opción plenamente respetuosa con la normativa de protección de datos, hay que tener en cuenta también la posibilidad de que el Colegio, al tramitar las nuevas colegiaciones, informe los nuevos colegiados sobre la Agrupación y sus actividades, a fin de que sean estos los que, en caso de estar interesados, tengan la opción de consentir o no la comunicación de sus datos.