Las personas y entidades que tengan la condición de personas interesadas en el procedimiento tienen derecho a acceder a los datos que formen parte del expediente de tramitación de las quejas, denuncias y peticiones, de acuerdo con el artículo 35.a) de la LRJPAC. Esto debe entenderse sin perjuicio de la posibilidad de ejercicio del derecho de oposición por parte de las personas titulares de los datos, en los términos establecidos en el artículo 6.4 de la LOPD.