En el marco de los principios y obligaciones establecidos en la LOPD, la publicación o difusión en la sede electrónica de l’Ajuntament de determinados edictos o anuncios que contengan datos personales será correcta cuando se disponga del consentimiento de los titulares de los datos, o cuando esta difusión s’emmarqui o lleve causa, entre d’altres, de los supuestos previstos en la normativa reguladora del régimen local o en la normativa referida a un procedimiento concreto, ya que en estos casos se dispone de la correspondiente habilitación legal, a los efectos de l’article 11.2.a) de la LOPD. Particularmente, hay que adecuar la difusión de datos personales a través del tablero d’anuncis electrónico de l’Ajuntament al principio de calidad de los datos (artículo 4.1 LOPD).