El derecho a la protección de datos de carácter personal no impide el acceso de cualquier ciudadano a información sobre los puestos de trabajo a que se refiere la consulta, relativa a la forma de provisión (incluyendo, si pega, el tipo de provisión provisional), la publicidad hecha cuando se ofertó, la resolución de nombramiento de la persona que lo ocupa, la fecha de la toma de posesión y el código del puesto de trabajo.