La normativa de protección de datos personales no impide entregar al concejal reclamante la información relativa a la aprobación del protocolo de actuación contra situaciones de acoso laboral aplicable al personal del Ayuntamiento, al hecho de sí se ha seguido el protocolo o no, y la información relativa al motivo que fundamenta el expediente reclamado y el resultado de lo mismo, sin incluir datos de las personas afectadas. No resultaría justificado el acceso al resto de la información que contiene el expediente.