La normativa de protección de datos no impide el acceso de la persona reclamante a la información relativa a las autorizaciones de explotación de recursos localizadas de las actividades extractivas que se solicitan salvo los datos de la persona que ostenta la representación de las personas jurídicas a las que se otorgaron las autorizaciones o concesiones de explotación, en su caso, y los datos de los ingenieros firmantes de los planes de demarcación que consten en los títulos de concesiones de explotación de recursos.