El artículo 23 LTC impide el acceso del reclamante a cualquier información contenida en el expediente informativo que se encuentra en la fase de investigación, que permite la identificación directa o indirecta del titular o titulares de la farmacia investigada. Con respecto a los archivos informativos archivados, una ponderación entre los derechos e intereses sobre los juegos de azar conduce al derecho a la privacidad de los titulares de farmaciaafectados afectados, y a excluir el acceso a cualquier información que permita la identificación directa o indirecta de estas personas. No habría ningún impedimento para facilitar el acceso a los datos de identificación (nombre, apellidos y cargo) de las personas que han intervenido en el procedimiento respectivo.