La normativa de protección de datos no se opone al acceso de la persona reclamante, a las mesas retributivas y a las retribuciones asociadas a cada puesto de trabajo, En cuanto al complemento de productividad, en este caso, la normativa de protección de datos no impide dar el acceso de forma individualizada, de acuerdo con la normativa en materia de función pública que prevé expresamente que la cantidad que perciba cada funcionario tiene que ser de conocimiento público para el resto de funcionarios de la corporación. En cuanto a las retribuciones por horas extraordinarias se puede facilitar de manera pseudonimitzada, mediante un listado, aparte, sustituyendo el nombre y apellidos de las personas trabajadoras por un código que no permita identificarlas.