El responsable tiene que suprimir de oficio el conjunto de datos personales tratados en motivo de la realización de una encuesta en el marco de un proyecto de investigación, vista la falta de consentimiento válidamente otorgado por los afectados. El ejercicio del derecho de supresión corresponde a los afectados pero nada impide que el AMPA de uno de los centros educativos participantes en el proyecto pueda dirigirse al responsable solicitante la supresión de los datos tratados ilícitamente en relación con los alumnos de su centro.