Sentido de la resolución: Estimatoria parcial
En cuanto a cuestiones formales, se reconoce que el Ayuntamiento respondió extemporáneamente la solicitud que ejerció un policía local una vez finalizó la relación laboral, de acceso a los correos enviados y recibidos en su buzón de correo corporativa. En cuanto al fondo, se estima parcialmente la reclamación, y se reconoce el derecho del reclamante a acceder a los correos privados enviados y recibidos, así como los datos de contacto de las personas remitentes y destinatarias de estos correos privados, en base a la consideración de que se trata de información ajena a la actividad pública que ejerció esta persona, y que corresponde a ella, sobre la que, en consecuencia, debe poder ejercer su control. Por el contrario, se desestima la parte de la reclamación referente al acceso a los correos profesionales enviados y recibidos, así como la información referente a los contactos profesionales, ya que, al tratarse de información pública, la solicitud de acceso hay vehicular a través del régimen previsto en las leyes de transparencia, y por tanto la eventual reclamación procedería presentarla ante la GAIP. Se exceptúa de esta última consideración, y se reconoce el derecho de acceso a los correos profesionales recibidos por la reclamante que contienen sus nóminas, dado el contenido singular de la información que contienen.