Sentido de la resolución: Estimatoria
La persona interesada presentó ante|delante de el Ayuntamiento un formulario en que pedía el acceso a sus datos, y también acceder a datos de terceras personas. El Ayuntamiento tenía que dar respuesta a la petición de acceso a sus datos en base a lo que prevé el RGPD; eso sin prejuicio que tramitara la petición de acceso a los datos de otras personas como un derecho de acceso a la información pública.