Sentido de la resolución: Estimatoria
Al dar traslado a la entidad reclamada de la reclamación, esta informó de que había tenido conocimiento que una sentencia judicial había retirado a la reclamante -quién había ejercido el derecho de acceso a la historia clínica de su hija menor en representación de esta- el ejercicio de la potestad parental. Ante esta información, se le dirigió un escrito a la reclamante -mediante su representante- a fin de que confirmara o desmintiera este extremo, cosa que no hizo ya que las notificaciones electrónicas que se le dirigieron fueron rehusadas.
Procede desestimar la reclamación formulada, en la medida en que la reclamante no podría actuar en representación legal de su hija menor al no poder ejercer la potestad parental, y, consiguientemente, la entidad reclamada no podría proporcionarle el acceso a la HC de de su hija visto el carácter personalísimo del derecho de acceso.