Sentido de la resolución: Archivo / sobreseimiento
A efectos de inscripción a una Bolsa de Trabajo municipal, una persona facilitó sus datos, y como teléfono de contacto facilitó el móvil de su madre. En la campaña electoral de las elecciones municipales del 2015, el partido político que gobernaba en el municipio envió mensajes SMS para invitar a un acto electoral, y en dicho mensaje se habría utilizado el nombre y teléfono facilitados a la Bolsa de Trabajo mencionada, según la denunciante. Inicialmente se imputó, en base a la prueba indiciaria, que el Ayuntamiento habría facilitado -o permitido- al partido político el acceso a los datos mencionados, de manera que se habría vulnerado el deber de secreto, lo cual está tipificada como infracción grave. Finalmente pero se consideró que no había prueba suficiente para mantener la imputación, y se sobreseyó, con el traslado al AEPD en aquello en lo referente al tratamiento de los datos llevado a cabo por el partido político.