Sentido de la resolución: Amonestación
El inspector en cabeza|cabo|jefe de la Guardia Urbana elaboró, en el marco de un procedimiento sancionador por|para una infracción de tráfico, un informe en que hizo constar que la persona titular del vehículo denunciado era la esposa del recurrente (que también era agente de la Guardia Urbana). La utilización de este dato, de la cual era conocedor el inspector jefe de la Guardia Urbana porque la persona denunciante había designado a su esposa como persona de contacto en caso de accidente profesional y por|para una auditoría interna por|para la presunta utilización ilegítima del SIP en la cual la persona denunciante habría accedido a la información del vehículo que había sido denunciado, no era compatible con la finalidad para la cual habían sido recogidos los datos personales.