Sentido de la resolución: Amonestación
Una persona denunció que había recibido una llamada de un callo center al efecto que se vacunara de la covid-19, en que se le pidió el motivo por el cual no se quería vacunar, y se le informó que la llamada sería grabada. La Autoridad tramitó un procedimiento sancionador contra el Departamento de Salud, a quien se amonestó por no haber cumplido con el deber de información previsto al arte. 13 RGPD. A la vez, archivó el resto de hechos denunciados, dado que, por un lado, se constató que la llamada lo había efectuado SEMSA, por cuenta del CatSalut, a quien el Departamento había encargado efectuar aquellas llamadas; y por otro lado, se constató que la recogida del motivo de no quererse vacunar (por libre voluntad) estaba amparado por la normativa sanitaria aplicable.