IP 42/2019
11/02/2020
Sentido de la resolución: Archivo / sobreseimiento
Se archiva la denuncia para que la derivación de la solicitud del ayuntamiento a la DG Gerencia del Catastro Inmobiliario (órgano estatal) se llevó a cabo para que la competencia en la materia del catastro inmobiliario es de titularidad estatal. La tarea de recepción de la queja y de la notificación postal (reparto postal) de la notificación de la resolución emitida por la DG catastro inmobiliario las realizó el ente local en virtud de un convenio de colaboración formalizado por ambas administraciones.