De acuerdo con la normativa de protección de datos de carácter personal, no resulta justificado el acceso de la persona reclamante al contenido íntegro de los expedientes solicitados, vista la naturaleza de la información personal de los expedientes y las personas afectadas. Eso, sin perjuicio que se pueda facilitar información anonimizada o seudonimizada que permita contrastar y verificar los cálculos que se han hecho en cada caso, sin permitir la identificación o reidentificación de las personas afectadas.