La normativa de protección de datos no impide el acceso del concejal a información sobre el personal adscrito a la prestación de los servicios de limpieza por las empresas adjudicatarias consistente en las cuatro últimas cifras del número de DNI, tareas concretas, régimen de dedicación y retribuciones brutas percibidas, al tratarse de datos necesarios para el correcto ejercicio de sus funciones de control y fiscalización de la gestión del servicio llevada a cabo por estas entidades.