Desde el punto de vista de la normativa de protección de datos no debe haber impedimento en facilitar a la persona reclamante la información sobre los justificantes de los gastos de representación (tickets, justificantes concretos) efectuados por la persona titular de la alcaldía o de las diferentes concejalías y otros cargos municipales, omitiendo la información que permita analizar o establecer ciertos aspectos relativos a su salud, a sus preferencias personales o establecer unas pautas de conducta no pertinentes para conseguir la finalidad pretendida. La normativa de protección de datos tampoco impediría el acceso a los datos de terceras personas físicas que puedan constar en las facturas u otra documentación justificativa, ni al nombre y apellido y, en su caso, el cargo, de las terceras personas con las que se ha efectuado el gasto.