Tomando en consideración las circunstancias que concurren en el caso particular, y de acuerdo con el análisis que se ha llevado a cabo, desde el punto de vista de la finalidad general de transparencia no estaría justificado el acceso a la información relativa a la antigüedad, titulación, formación y nivel de catalán de las personas ocupantes de determinados puestos de trabajo, más allá de la información relativa a la concurrencia de los requisitos mínimos exigidos para ocupar los dichos puestos de trabajo, como por ejemplo, que la persona ocupando dispone de los conocimientos de lengua catalana o la formación mínima exigida para el puesto de trabajo concreto que ocupa, de acuerdo con la relación de puestos de trabajo de la Diputación.